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Cómo registrar una obra

Registrar una obra está ahora a tu alcance

Una vez terminada tu novela, relato corto o cuento tienes varias opciones:

  • Presentar la obra a concurso.
  • Enviarla a alguna editorial por si están interesados en publicarla.
  • Enviar tu obra a algún agente literario.
  • Contactar con Apublicar para que la publicación se adapte exactamente a lo que tu quieres sin tener que ocuparte de nada.
  • Autopublicar con una editorial.
  • Imprimir tu obra con una imprenta.
  • Así podríamos seguir…

Pero lo primero que deberías plantearte es registrar tu obra.

Según la legislación vigente, la Ley de Propiedad Intelectual española reconoce la autoría de una obra por el hecho de crearla.  Sin embargo, la experiencia de otros autores nos ha demostrado que a veces surgen problemas, tales como el plagio o la apropiación de nuestra obra. Para evitar futuros problemas  lo recomendable es que registres tu obra.

 

A continuación te detallo algunos soportes en los que puedes registrar tu obra, cada uno con sus ventajas e inconvenientes:

1.- Registro de la Propiedad Intelectual:

Según el Ministerio de Cultura: “La propiedad intelectual es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión…) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación.

Al Ministerio le corresponde proponer las medidas, normativas o no, para lograr la adecuada protección de la propiedad intelectual”.

Lo más interesante de este registro es que goza del amparo legal, si tienes registrada tu obra no tendrás que demostrar la autoría de la misma.  En caso de contienda legal, la carga de la prueba recae en quien discuta tu titularidad en la autoría. Lo que no me convence es el ámbito territorial de acción que está limitado a España. Hoy en día con el uso de la red esto puede suponer un problema. Otra cuestión que queda un poco obsoleta es lo relacionado con la ilustración, al parecer si una ilustración se presenta creada por medios digitales no se puede registrar, deben llevarse los bocetos. Teniendo en cuenta que muchos artistas  trabajan con tabletas digitales, este detalle puede suponer un problema.

 

Para registrar tu obra en el Registro de la Propiedad Intelectual puedes seguir dos vías:

  • Vía telemática, para la que resulta imprescindible contar con firma electrónica reconocida.
  • Vía presencial, puedes personarte en el registro más cercano a tu localidad con una copia impresa y encuadernada de tu obra, para registrarla debes rellenar el mismo impreso que se adjunta telemáticamente, y por último pasar por una entidad bancaria para abonar la carta de pago, la tasa por registro son 13,20 € por obra.

Los documentos a rellenar son unos formularios que entrega la administración, para que quede constancia de la fecha, autor y obra.

 

2.- ISBN: una vez registrada tu obra si quieres publicarla lo más acertado es contratar un código ISBN de identificación para tu obra, este código agiliza la localización y comercialización de tu obra. El precio de adquisición del código ISBN son unos 50,00 € y supone rellenar una solicitud de inscripción y el abono de las tasas correspondientes. Si además quieres que aparezcan datos complementarios de tu obra como la portada, índice, resumen, fragmento… deberás abonar otros 35,00 €.

Convine tener claro que:

el ISBN no es obligatorio para publicar un libro.

los derechos de propiedad intelectual no quedan protegidos por la obtención de un ISBN sino por la propia publicación de la obra, o por su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.

 

3.- SAVE CREATIVE: el caso de Save Creative es un poco complicado, lo que me parece más acertado de la plataforma de registro es que “se trata de Proceso de registro con validez legal reconocida en todos los países firmantes del Convenio de Berna y Acuerdos Internacionales de Propiedad Intelectual”. Este dato lo aportan ellos sin muchas pruebas.

Cuando nos informamos acerca de los registros gratuitos vemos lo siguiente:

  • Nos permiten registrar 10 obras/mes.
  • Con licencias libres tipo Creative Commons.
  • La información del registro solo está disponible durante un año.

Después de todo, la fama que tiene Save Creative como plataforma gratuita para registrar obras no parece acertada.

Lo cierto es:

  • Queda registro durante un año.
  •  Solo acredita que en el momento del registro la obra figuraba en poder de la entidad física o jurídica que registra.
  • No deja claro si quien registra la obra es realmente el autor de la misma.
  • “Mucho ojo” si optas por el paquete básico, ten cuidado porque estás registrando una obra con licencia libre, es más o menos como ceder tus derechos.

Si optas por contratar el paquete profesional que son 60,00 € (IVA no incluido) las condiciones son bastante más razonables para el autor. Como último dato importante acerca de la plataforma, no olvides que Save Creative no tiene el amparo legal, en caso de conflicto tendrás que demostrar con pruebas irrefutables la autoría de la obra registrada en esta plataforma.

 

4.- Registro notarial: una obra también se puede registrar ante notario, no da fe de la autoría  solo de la fecha y lugar en que se presenta ante notario. El precio en este caso será la tarifa que establezca el notario.

 

5.- Entidades de Gestión Colectiva: tales como Sociedad General de Autores (SGAE) o CEDRO en estas entidades también puedes registrar tu obra, pero deberán estar publicadas ya que suelen pedir el ISBN  de la obra.

 

Estas son  las plataformas más importantes para el registro de obras que conozco, si conoces o has usado otra por favor indícalo en los comentarios para seguir ampliando información. Me gustaría conocer como ha sido tu experiencia y no te olvides antes de publicar… revisa Apublicar.

 

Asunción Sánchez Monclova